Abogados | Lunes 28 de Julio de 2008

A pesar de la ley de movilidad jubilatoria, podrían iniciarse miles de juicios Guardar

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El proyecto que enviará el Ejecutivo al Congreso no reconoce ninguna retroactividad y abre las puertas a que los jubilados reclamen ese diferencial

El proyecto de ley sobre movilidad jubilatoria que el Ejecutivo enviará al Congreso contempla la actualización a partir de 2009, no reconoce ninguna retroactividad. Esta situación no evitará que miles de jubilados continúen sus demandas judiciales contra el Estado y que otros tantos las inicien.


Más de 1,1 millón de jubilados se encuentran en esta posición. Se trata de aquellos que percibían un haber mensual superior a los $1.000 y que fueron postergados en la mayoría de los ajustes decretados para la jubilación mínima desde 2002.

Todos ellos podrían reclamar el ajuste retroactivo, es decir, parte del diferencial entre lo percibido y la evolución de la inflación real.

Según datos oficiales, los juicios previsionales por actualización de haberes totalizan hoy más de 100.000 casos, según publica Ámbito Financiero.

El gobierno especula con que no se sumarán muchos más juicios porque considera que del segmento medio de los afectados, los que apenas superan a la mínima, con los últimos ajustes el potencial reclamo no es relevante. “Le pagarán más al abogado que lo que cobrarán”, reconoció un alto funcionario del gobierno.

En cuanto al proyecto de ley, la idea es otorgar dos aumentos por año, uno en marzo y otro en setiembre. En esos meses, los jubilados cobrarán una suba semestral, que surgirá de la variación del índice que se aplicará para el ajuste entre octubre y marzo, y luego entre abril y setiembre.

Para la actualización se tomará 50% de la evolución del índice de salarios -que elabora el Instituo Nacional de Estadística y Censos (INDEC), y que según el gobierno no está cuestionado- y 50% de la evolución de los recursos tributarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Armando Boudou, titular de la ANSES, explicó que con esta metodología “se busca que los jubilados participen del crecimiento y la productividad de la economía, por eso se vincula el ajuste con la evolución de los recursos tributarios de la ANSES provenientes del IVA, Ganancias, Cigarrillos y Combustibles”. «

”Además, esto garantiza la sustentabilidad de las cuentas del sistema de seguridad social en el largo plazo”, agregó al matutino.

Según el funcionario, las simulaciones realizadas con las tasas de variación de los recursos tributarios de la ANSES y del índice de salarios arrojaron resultados positivos en cuanto al balance del organismo. Es decir que no dieron déficit en el largo plazo.

Para tener una idea de cómo sería el ajuste, la evolución del índice de salarios de 2007 permitiría una actualización de 11,4%.

El gobierno incorpora, además, este índice de salarios en la fórmula de actualización porque está en línea con la doctrina de la Corte Suprema de la proporcionalidad.

Si bien los beneficiarios de la futura ley de movilidad serán más de 5,6 millones de jubilados, también aquellos que se retiraron en el sistema de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) percibirían el ajuste por el componente público de su jubilación (la PBU, PC y PAP). El otro componente, que es la renta de la AFJP, se actualiza vía la evolución de la rentabilidad del fondo de capitalización.

De esta forma, el gobierno intenta cumplir con lo pedido por la Corte Suprema en un fallo del 26 de agosto de 2006, referido al caso del jubilado Alfredo Badaro.

Posteriormente, el 26 de noviembre pasado, el alto tribunal ordenó a la ANSES, en el mismo caso, aplicar la evolución del índice de salarios elaborado por el INDEC para proceder al ajuste de haberes.

Este último fallo dispuso, además -en forma específica para el caso Badaro-, la inconstitucionalidad del artículo 7, inciso 2, de la Ley 24.463 (de Solidaridad Previsional).

Esa norma, dictada durante la gestión de Domingo Cavallo, fijaba la movilidad de las prestaciones a lo que anualmente determine la Ley de Presupuesto.

La Corte dispuso en noviembre pasado que la prestación del actor se ajuste, a partir del 11 de enero de 2002 y hasta el 31 de diciembre de 2006, según las variaciones anuales del índice de salarios, nivel general, elaborado por el INDEC, que en ese período se incrementó en 87,5%.

El máximo tribunal, que preside Ricardo Lorenzetti, ordenó asimismo a la ANSES, hace casi doce meses, que abone el nuevo haber y las retroactividades que surjan de la liquidación practicada para el jubilado Badaro.

En su presentación original, Badaro había reclamado, ante el Juzgado Federal de la Seguridad Social y ante la Cámara Federal de la Seguridad Social, un ajuste de haberes, ya que se encontraban congelados desde 2001, debido a que percibía más de mil pesos y no fue alcanzado por las subas dispuestas por el gobierno.

La Corte señaló entonces que "no se ha demostrado en la causa la existencia de muy graves circunstancias de orden económico o financiero" que impidan cumplir con el ajuste, o disponer una recuperación sustancial del deterioro sufrido por la prestación del actor.



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6 comentarios

 
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Cecilia llanos
Cual será mi haber en el año 2009,despues del reajuste?soy pensionada, mi marido era metalúrgico, y ahora cobro $670.- muchas gracias < leer >
LUZ Y HERNAN
FAVOR LEER EL ARTICULO SOBRE JUBILETA RETROACTIVA PARA MÁS MONEY !! < leer >
ELENA VIRD
OLVIDÉ DE ACLARAR Q MI SENTENCIA ES FIRME Y DEFINITIVA DANDO LUGAR A LA LEY 24.016 PARA Q SE DE CUMPLIMIENTO A LA DENEGATORIA DE ANSES DEL 2003 X ANSES PARA JUBILARME POR ESA LEY... < leer >
ELENA VIRD
ANSES SIGUE HACIENDO LO Q SE LE DA LA REVERENDISIMA GANA, TAL COMO NO HACER LA CONTINUIDAD DE UN TRÁMITE QUE EN EL AÑO 2003, CON UNA DENEGATORIA A UN FUTURO JUBILADO, QUE "HIZO UNA DEMANDA Y TUVO SENTENCIA FAVO... < leer >
ELENA VIRD
ANSES SIGUE HACIENDO LO Q SE LE DA LA REVERENDISIMA GANA, TAL COMO NO HACER LA CONTINUIDAD DE UN TRÁMITE QUE EN EL AÑO 2003, CON UNA DENEGATORIA A UN FUTURO JUBILADO, QUE "HIZO UNA DEMANDA Y TUVO SENTENCIA FAVO... < leer >
Nydia Esther Jensen
Soy docente jubilada .En el año 2003 inicié juicio al Ansés. El 9/11/2007 la Cámara de Seguridad falló a mi favor. En esa fecha llegó a Rosario.Ansés le puso fecha de entrada 18/3/2008.Todavía no he recibido na... < leer >
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